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Mi privacidad y la del vecino… ¿Hasta dónde llega el límite de cada vivienda?
Autor: Ivan Urbina, publicado el
Si bien es normal toparse con algún vecino en las ventanas de ambos hogares, existen legislaciones que buscan resguardar la privacidad de las personas al interior de sus hogares. ¿Hasta qué punto podemos ser testigos de la vida ajena?
La penetrante mirada de los vecinos y vecinas es común en casas y departamentos. Estas se efectúan a través de las ventanas, terrazas, patios o balcones, lo que aumenta el riesgo de la exposición y falta de privacidad. Frente a este tipo de situaciones, es importante recordar que existen leyes y legislaciones que protegen la vida privada de chilenos y chilenas.
En términos legales, el derecho a la privacidad es reconocido y protegido. Esto indica la Ley N° 19.628, conocida como la Ley de Protección de la Vida Privada, la cual implica que no podemos interferir en la privacidad de los demás sin su consentimiento. Incluso, mirar a través de las ventanas de nuestros vecinos puede ser considerado una invasión a su privacidad.
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“La distancia mínima entre vanos, tales como ventanas, puertas o balcones varía según ciertos factores. En general, desde el deslinde con el predio vecino, la distancia mínima es de tres metros, pero si la construcción supera los siete metros de altura, aumenta a cuatro metros. Entre dos ventanas enfrentadas, la distancia mínima sería de seis metros, es decir, tres metros a cada lado del terreno”, explicó Tomás Charles, cofundador de Fraccional.cl.
Además, el experto señaló que esta norma se aplica principalmente a construcciones con una división, como un muro medianero. Para edificios de más de siete metros de altura, la distancia mínima entre ventanas es de 8 metros. Estas distancias pueden reducirse si la ventana se encuentra a una altura superior a 1.8 metros.
Distancias por comuna
En sectores de la Región Metropolitana, se aplican normativas más cuidadosas en cuanto a la privacidad, como los Planes Reguladores Comunales (PRC). Estos consisten en regulaciones locales establecidas por cada municipalidad. Por ejemplo, en la comuna de Providencia, la distancia entre edificios es proporcional a su altura, lo que permite distancias mayores entre ventanas, desde 15 hasta 26 metros, lo que resulta menos intrusivo.
Sin embargo, esta normativa puede implicar que gran parte del terreno quede sin construcción. Esto solo es viable en áreas donde el precio de venta por metro cuadrado lo permite. En otros casos, como en la comuna de La Cisterna, pueden detener el desarrollo inmobiliario.
Las municipalidades tienen incentivos para desarrollar Planes Reguladores más permisivos, debido a que los impuestos territoriales son una fuente importante de ingresos. Esta estrategia ha sido exitosa en comunas como Ñuñoa o La Florida.
Si una persona está viviendo una situación donde se puede rescatar una violación a la propiedad, el experto aconsejó buscar asesoría legal, o bien presentar una denuncia en el municipio correspondiente.