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Tres subsidios que podrían darle una mano para adquirir su casa propia
Autor: Constructor, publicado el
A pesar que el sueño muchas veces se desvanece debido al alto costo de la vida, el Estado aporta con importantes montos a quienes cumplan con ciertos requisitos.
La casa propia es una de las metas y sueños más grandes de una gran parte de los chilenos. Eso sí, los precios para adquirir un bien raíz son cada vez más altos, lo que coarta la posibilidad de cumplir ese objetivo.
Por lo mismo, existen varios subsidios estatales destinados, exclusivamente, a que los ciudadanos opten a adquirir o arrendar una vivienda.
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Los más populares son tres: el Subsidio DS1, el Subsidio DS19 y el Subsidio DS49.
Subsidio DS1
Llamado Subsidio Clase Media para Compra de Viviendas (DS1), consiste en un aporte económico para aquellas familias que quieran adquirir su primera vivienda, ya sea nueva o usada, en sectores urbanos o rurales.
La principal característica de este subsidio es que está destinado a las familias de sectores medios y con capacidad de ahorro. Es decir, que sean capaces de complementar el beneficio estatal con sus propios recursos.
Son tres tramos diferentes a los que se puede optar con este beneficio, cada uno con valores diferentes. A grandes rasgos, permite adquirir una propiedad de hasta 2.220 UF (incluso, en algunas regiones y comunas es de hasta 2.600 UF).
Los requisitos para postular son:
– Contar con cédula de identidad vigente.
– Haber cumplido los 18 años cumplidos de edad.
– Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de un año.
– Acreditar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda, antes del último día del mes anterior a la postulación. A partir de esa fecha no deberás efectuar giros en la cuenta.
– Pertenecer al Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica según el tramo del subsidio al que desea postular: hasta 60% para el tramo I; hasta 80% para el tramo II; hasta 90% para el tramo III. La única excepción es en el caso de los adultos mayores, quienes pueden optar a cualquier tramo si pertenecen al 90% de menos ingresos.
– Se puede también postular colectivamente. Para ello, los requisitos son: tener, por lo menos, 10 integrantes; postular a través de una Entidad Patrocinante; contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu.
Subsidio DS19
Este subsidio se denomina “Programa de Integración Social y Territorial”. Permite adquirir una vivienda a personas con diferentes realidades socioeconómicas. También permite acceder a proyectos habitacionales en barrios bien localizados y cercanos a servicios, con estándares de calidad en diseño, equipamiento y áreas verdes.
Para acceder a estos proyectos, las familias pueden aplicar otro subsidio. De igual manera, , las familias que no tienen un subsidio habitacional también pueden acceder a viviendas de estos proyectos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación al Subsidio para Sectores Medios DS1.
Sin tener deuda hipotecaria, los requisitos son:
– Contar con Fondo Solidario DS174 o DS49.
– DS1 Tramo 1 Subsidio Sectores Medios de hasta 1.110 UF.
– Segunda Oportunidad (2013)
– Subsidio por resultar damnificados por sismos u otras catástrofes, ocurridas desde 2014 en adelante.
Teniendo deuda hipotecaria, debes contar con uno de los siguientes subsidios:
– DS 1 Tramo 1, solo en caso de no haber cupo para vivienda de 1.100 UF, puedes optar a una de hasta 1.400 UF.
– DS 1 Tramo 2 y DS 1 Tramo 3, vivienda de hasta 2.220 UF (aunque estos valores pueden aumentar según la región).
Subsidio DS49
Este subsidio está destinado, principalmente, a aquellas familias que viven en una vulnerabilidad social y sin una vivienda propia. Les permite comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien, integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU de la respectiva región.
Para los beneficiarios, el Estado aporta un subsidio base de 314 UF, el cual puede aumentar según la ubicación de la vivienda. También se le pueden añadir otros subsidios complementarios como los que detallamos anteriormente.
Pueden postular aquellos que cumplan con:
– Contar con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
– Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen).
– Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
– Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo con la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
– No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.